Octubre de 2005
El Defensor del Pueblo se pone de nuevo en comunicación con CIVIS para remitirnos la carta que os adjuntamos. En consecuencia, el Defensor del Pueblo inicia las actuaciones oportunas con los organismos administrativos competentes, quedando a la espera de recibir el informe que dichos organismos puedan remitir, que una vez estudiandos, nos comunicarán, así como las acciones concretas que procedan.
En ella, se nos comunica que una vez estudiada la queja, procede admitirla al entender que reúne los requisitos establecidos en el artículo 54 de la Constitución, en relación con los que dispone la Ley Orgánica 3/1981 de 6 de abril, que regula la institución del Defensor del Pueblo.
CIVIS sigue sumando para establecer un VillaVerde Excelente, para lograr el REEQUILIBRIO TERRITORIAL respecto a Madrid y a la COHESIÓN SOCIAL, pilares de nuestro existir.
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