viernes, septiembre 21, 2007

LOS DISTRITOS DE MADRID QUIEREN QUE SUS JUNTAS SEAN AUTÉNTICOS AYUNTAMIENTOS



Septiembre de 2007

La iniciativa ¡SOMOSMADRID? aprobó el pasado martes un documento para el debate sobre propuestas concretas en relación a la falta de democracia en Madrid, en el que se propone que las Juntas de Distrito se conviertan en auténticos ayuntamientos con competencias y financiación propias, cuyos miembros sean elegidos por los vecinos de cada distrito.

Ante la cada vez mayor centralización del Ayuntamiento de Madrid, que ha reducido a meras instituciones "decorativas" las Juntas de Distrito, la iniciativa ¡SOMOSMADRID? formada por más de 50 asociaciones de los barrios populares y distritos periféricos de la ciudad, consideran que el actual sistema de gobierno municipal es, aparte de ineficaz, completamente antidemocrático, al impedir que la voluntad de los vecinos, a través la representación política y participación ciudadana, sea tenida en cuenta en la administración y gestión de los asuntos propios de sus barrios.

Para superar esta situación han elaborado un documento abierto que proponen a debate al resto de asociaciones y vecinos de la ciudad, en el que fundamentalmente se postula un cambio en el sistema de gobierno de Madrid, convirtiendo las actuales Juntas Municipales en Ayuntamientos de Distrito. Estos nuevos Ayuntamientos estarían compuestos por los representantes que se eligieran en cada distrito y no como ahora sucede, que son nombrados por el Alcalde o por el Pleno Municipal sin tener en cuenta la voluntad de cada barrio.

Estos Ayuntamientos de Distrito asumirían como competencias propias la gestión, al menos, de los centros y equipamientos de titularidad municipal incluidos en su territorio, las obras menores del distrito y la dirección funcional de los servicios de su demarcación, estableciéndose un sistema de financiación que deberá atender de forma proporcional al número de habitantes e inversamente proporcional a sus niveles de renta y otros indicadores sociales, con objeto de abordar las necesidades de reequilibrio territorial y social.

A su vez, para potencias la participación ciudadana proponen la instauración de mecanismos como los presupuestos participativos, la gestión pública directa de los centros de titularidad pública con participación de las entidades sociales y el reconocimiento legal de la iniciativa de referéndum y petición ciudadana. Finalmente, entendiendo que varios distritos periféricos fueron anexionados a Madrid de forma unilateral y antidemocrática, perdiendo su estatus de municipios autónomos, consideran necesario que se reconozca el derecho a la autonomía municipal de estos, siendo regulado para que pueda ser ejercido de forma efectiva a través de iniciativa popular o por la acción política.

Sus propuestas no van destinadas únicamente a los barrios y distritos que forman parte de la iniciativa, ya que consideran que la democracia beneficia a todos, permitiendo una mayor racionalización de los recursos y un acercamiento real entre los ciudadanos y sus instituciones que faciliten un gobierno más eficaz.

DOCUMENTO A DEBATE PÚBLICO:

AYUNTAMIENTOS DE DISTRITO

Constitución, Composición y Competencias:
Para una verdadera gestión municipal democrática se procederá la descentralización del territorio, gobierno y administración de la ciudad de Madrid constituyendo auténticos Ayuntamientos de Distrito, cuyos cargos y órganos serán elegidos directamente por los vecinos y estarán dotados de competencias y financiación propias y efectivos.

• Para la constitución de Ayuntamientos de Distrito, se estudiará una nueva división territorial de la ciudad de Madrid en distritos y barrios, que tendrá en cuenta en sus delimitaciones y nombres las características históricas, geográficas, culturales y sociales de cada población y colectividad, manteniendo y potenciando sus elementos de identidad.

• Se constituirán Ayuntamientos de Distrito como órganos de representación política y vecinal de cada población y colectividad, cuya presidencia y órganos ejecutivos serán elegidos mediante un proceso electoral propio y simultáneo al de elección de la corporación municipal.

• En cada Ayuntamiento de Distrito se hará efectiva la representación y participación de los diferentes barrios y podrán participar en sus Plenos vocales vecinos elegidos directamente en cada uno de los barrios que forman el distrito, con los mismos derechos que los elegidos en listas a nivel de distrito.

• Las competencias y criterios de gestión de los Ayuntamientos de Distrito serán regulados por su Ordenanza o Reglamento correspondiente, no pudiendo regularse, en ningún caso, por Decreto. En cualquier caso, los distritos asumirán como competencias propias la gestión directa de, al menos:

• Los centros y equipamientos de titularidad municipal incluidos en su territorio.

• Las obras menores, licencias de obra, etc. en el territorio de su distrito, y emitirán informe preceptivo en cuantas iniciativas y obras se lleven a cabo por los órganos centralizados.

• La dirección funcional de los servicios en su demarcación que dependan de los órganos centralizados.

• La financiación y recursos asignados a cada Ayuntamiento de Distrito serán establecidos igualmente por su Ordenanza o Reglamento, y nunca por Decreto, de forma suficiente para la gestión de los equipamientos y servicios de los que sean competentes, y atendiendo de forma proporcional al número de vecinos, e inversamente proporcional a sus niveles de renta y otros indicadores sociales, con objeto de abordar las necesidades de reequilibrio territorial y social, superando ampliamente en cualquier caso el raquítico 10% que actualmente gestionan las Juntas Municipales.

Funcionamiento, Gestión, Presupuestos y Participación.
Una vez dotados los distritos de órganos de representación política y vecinal de estructura democrática, se atenderá, a su vez, a un funcionamiento y gestión democrática de los Ayuntamientos Central y de Distrito, regulando al menos los aspectos expuestos a continuación:

• Se instituirán los presupuestos participativos estableciendo en Ordenanza o Reglamente el porcentaje de los presupuestos municipales y de los presupuestos de distrito que será dedicado íntegramente a la ejecución de propuestas decididas por los vecinos del municipio y de cada distrito.

• Los centros de titularidad municipal serán de gestión pública directa, que contará con la participación de los vecinos y sus entidades sociales, a través de los órganos de dirección que se creen al efecto y que serán competentes para decidir sobre todos los asuntos del centro. Una norma establecerá la composición y competencias concretas.

• Para garantizar la necesaria y efectiva participación vecinal, se elaborarán unas normas de participación ciudadana, que contemplarán, entre otros asuntos, los temas que podrán ser decididos por referéndum, y que afecten a todo el término municipal, al distrito o al barrio, y la capacidad efectiva de petición ante los órganos de gobierno municipal y distrital.

• La norma regulará también las condiciones para que la iniciativa de referéndum y petición pueda partir de los vecinos, avalados por un número de vecinos que podría ser del 5% del total de votantes de cada ámbito, y procurando la participación de todos los empadronados.

• Regulación de la efectiva capacidad para iniciar procesos de desanexión, por iniciativa popular o representación política, haciendo efectivo el derecho de autonomía de los barrios y distritos populares y periféricos de Madrid, que permita una mayor racionalización de los recursos y una real cercanía entre los ciudadanos y sus estructuras políticas de gobierno y representación.